Descubre Cómo Acceder a las Ayudas a la Dependencia en las Islas Baleares

dependencia grado uno

Grado 1 o dependencia moderada

Se reconoce este grado cuando la persona presenta dificultades para llevar a cabo algunas actividades básicas de la vida diaria y necesita apoyo ocasional, para alimentarse o higiene personal.

dependencia grado dos

Grado 2 o dependencia
severa

Se asigna a quienes requieren asistencia en la mayoría de las actividades diarias, implicando ayuda frecuente para la movilidad, la higiene personal y la alimentación.

dependencia grado tres

Grado 3 o gran
dependencia

Corresponde a quienes necesitan atención constante en todas las actividades básicas diarias, requiriendo un apoyo integral, ya que no pueden valerse por sí mismas.

GradoCuantía Mínima MensualCuantía Máxima Mensual
Grado 1150€445,50 €
Grado 2180 €747,25 €
Grado 3200 €747,25 €

Destinada a quienes cuidan de su familia en casa, permite que los familiares se encarguen de la atención de sus seres queridos.

GradoCuantía Mínima MensualCuantía Máxima Mensual
Grado 1150 €180,00 €
Grado 2180 €315,90 €
Grado 3200€445,50 €

Esta ayuda está diseñada para cubrir los gastos de asistencia personal, facilitando que los dependientes contraten a un cuidador para ayudarles en sus actividades diarias, promoviendo así su autonomía.

GradoCuantía Mínima MensualCuantía Máxima Mensual
Grado 1150€313,50 €
Grado 2180 €747,25 €
Grado 3200 €747,25 €

Servicio de atención residencial

Estancias en centros para personas con alta dependencia.

Servicio de centros de día o de noche

Cuidados durante periodos del día o la noche.

Servicio de teleasistencia al hogar

Servicio de atención urgente a través del teléfono.

Terapia
ocupacional

Servicios especializados para promover la autonomía.

Servicio de ayuda a domicilio

Asistencia en el hogar para tareas domésticas o cuidado personal.

Nacionalidad

Tener nacionalidad española.

Residencia en España

Residir en España y haberlo hecho durante un total de 5 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Residencia en las Islas Baleares

Residir en cualquier municipio de las Islas Baleares al momento de presentar la solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia.

Extranjeros

Los extranjeros que cumplan con el requisito anterior se regirán por la Ley sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

Documentación necesaria

Incluir documentación sobre la identidad, residencia y situación socioeconómica.

Edad

No existe un mínimo o máximo de edad para recibir las ayudas; sin embargo, hay requisitos especiales para menores de 3 años según el artículo 5 de la Ley de Dependencia.

Presentación de la solicitud

Completa el modelo oficial de solicitud disponible en la Dirección General de Atención a la Dependencia y reúne toda la documentación necesaria.

Entrega en servicios sociales y subsanación de documentación

Presenta la solicitud y los documentos en los registros municipales correspondientes. Asegúrate de incluir DNI, certificados de empadronamiento e informes de salud y rentas. Si falta algún documento, tendrás 10 días para completarlo.

Valoración en el domicilio y resolución del grado de dependencia

El personal técnico realizará la valoración en tu domicilio, utilizando el Baremo de Valoración de Dependencia (BVD). Luego la Consejería de Asuntos Sociales emitirá una resolución con el grado de dependencia reconocido.

Elaboración y Resolución del Programa Individual de Atención (PIA)

Basado en el grado reconocido, se definirá el PIA con las intervenciones más adecuadas a tus necesidades. Recibirás la resolución definitiva con los servicios y ayudas que se te conceden.