¿Cómo Acceder a la Ley de Dependencia en la Comunidad Valenciana?

comunidades ley de dependencia

Si te enfrentas a dificultades para cubrir los gastos del cuidado de tu mayor, has llegado al lugar indicado. Te ayudamos a acceder a las ayudas a la dependencia en la Comunidad Valenciana, facilitamos el proceso de tramitación para que obtengas el apoyo financiero y los recursos que necesitas.

dependencia grado uno

Grado 1 o dependencia moderada

La persona requiere apoyo para realizar actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día. Estas actividades pueden incluir vestirse, bañarse, alimentarse u otras tareas necesarias para mantener su bienestar físico y emocional.

dependencia grado dos

Grado 2 o dependencia
severa

Las personas de este grado requieren apoyo para varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, sin necesitar un cuidador permanente. Esto abarca ayuda en tareas como asearse, vestirse, desplazarse en casa y alimentarse.

dependencia grado tres

Grado 3 o gran
dependencia

Cuando la persona necesita ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, debido a la pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo continuo de otra persona.

GradoCuantía Mínima MensualCuantía Máxima Mensual
Grado 1150 €445,30 €
Grado 2180 €747,25 €
Grado 3200 €747,25 €
GradoCuantía Mínima MensualCuantía Máxima Mensual
Grado 1150 €180 €
Grado 2180 €315,90 €
Grado 3200 €455,40 €
GradoCuantía Mínima MensualCuantía Máxima Mensual
Grado 1150 €313,50 €
Grado 2180 €747,25 €
Grado 3200 €747,25 €

Reconocimiento

Proceso de valoración que determina el grado de dependencia.

Autonomía personal

Actividades que fomentan la independencia.

Teleasistencia

Servicio de atención inmediata a través de dispositivos electrónicos.

Ayuda a domicilio

Asistencia en el hogar para tareas domésticas o cuidado personal.2

Atención residencial

Estancias en centros especializados para personas con alta dependencia.

Centro de día

Atención durante determinados períodos del día o la noche.

Nacionalidad

Tener nacionalidad española.

Residencia en España

Residir en territorio español durante un total de cinco años, de los cuales dos deben ser inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años, este período de residencia será exigido a la persona que ejerza la guarda y custodia.

Edad

No existe un límite de edad para recibir las ayudas; las prestaciones están disponibles para personas de cualquier edad.

Situación de dependencia

Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

Presentación de la solicitud

Completa y presenta la solicitud junto con la documentación requerida. Esta puede ser para valoración inicial o homologación si tienes reconocida la pensión de gran invalidez o el complemento por necesidad de concurso. Las personas que soliciten homologación con una puntuación igual o superior a 45 puntos estarán exentas de aportar el informe de salud.

Notificación para valoración

Una vez presentada la solicitud con toda la documentación, incluidos los informes sociales, se notificará la fecha y hora en la que se realizará la valoración en tu domicilio.

Valoración

Se llevará a cabo la valoración por un órgano competente, que emitirá un dictamen técnico indicando el grado de dependencia propuesto y los servicios o prestaciones disponibles.

Resolución de dependencia

La Dirección General con competencias en materia de atención a personas dependientes analizará el dictamen y decidirá sobre el reconocimiento y el grado de dependencia, notificando los servicios o prestaciones a las que tienes derecho y su compatibilidad con tus preferencias.

Aprobación del Programa Individual de Atención (PIA)

Si tus preferencias son compatibles con el informe social y el grado de dependencia, se emitirá automáticamente la resolución aprobando el PIA. Si no hay compatibilidad, la Dirección General elaborará una propuesta de PIA que podrás alegar en un plazo de 15 días.

Revisión de alegaciones

Si se presentan alegaciones, serán estudiadas por la Comisión Técnica Evaluadora de la Situación de Dependencia, que informará sobre la propuesta más adecuada. La resolución final del PIA será notificada a la persona interesada.

Dirección:
Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores
C/ de la Democracia, 77
Ciudad Administrativa 9 de Octubre – Torre 3
46018 Valencia

En leydedependencia.es, estamos aquí para ofrecerte una guía gratuita y personalizada en el proceso de tramitación de tus solicitudes de ayudas. Nuestro equipo de expertos está listo para resolver tus dudas y acompañarte en cada paso. Si deseas más información o necesitas asistencia, habla con nosotros y obtén el apoyo que mereces para facilitar tu acceso a las prestaciones. ¡Tu bienestar es nuestra prioridad!