¿Cómo Acceder a las Ayudas a la Dependencia en Ourense?

dependencia grado uno

Grado 1 o dependencia moderada

Este grado se reconoce cuando la persona presenta dificultades en la realización de ciertas actividades básicas de la vida diaria, requiriendo ayuda ocasional para tareas como levantarse, vestirse o alimentarse.

dependencia grado dos

Grado 2 o dependencia
severa

Se asigna a aquellos que necesitan asistencia en la mayoría de las actividades diarias, lo cual implica ayuda frecuente para la movilidad, la higiene personal y la alimentación.

dependencia grado tres

Grado 3 o gran
dependencia

Corresponde a quienes requieren atención constante en todas las actividades diarias, necesitando un apoyo integral, ya que no pueden valerse por sí mismos.

GradoCuantía Mínima MensualCuantía Máxima Mensual
Grado 1150 €300 €
Grado 2180 €426,12 €
Grado 3200 €715,07 €

Dirigida a quienes cuidan de sus familiares en casa, permite que los cuidadores se encarguen de la atención de sus seres queridos.

GradoCuantía Mínima MensualCuantía Máxima Mensual
Grado 1100 €153 €
Grado 2150 €268,79 €
Grado 3200 €387,64 €

Esta prestación está destinada a cubrir los gastos de asistencia personal, posibilitando que las personas dependientes contraten a un cuidador que les apoye en sus actividades diarias.

GradoCuantía Mínima MensualCuantía Máxima Mensual
Grado 1150 €300 €
Grado 2180 €426,12 €
Grado 3200 €715,07 €

Servicio de prevención de dependencia

Programas dirigidos a evitar o retrasar la perdida de autonomía.

Servicio de promoción a la autonomía personal

Actividades que fomentan la independencia.

Servicio de ayuda en el hogar

Asistencia en el hogar para tareas domésticas o cuidado personal.

Servicio de atención residencial

Estancias en centros especializados para personas con alta dependencia.

Servicio de centros de día o de noche

Atención durante determinados períodos del día o la noche.

Servicio de teleasistencia al hogar

Servicio de atención de emergencia a través del teléfono.

Nacionalidad

Tener nacionalidad española.

Residencia en España

Vivir en España y haberlo hecho durante un total de 5 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

Residencia en Galicia

Residir en cualquier concello de Galicia en el momento de presentar la solicitud.

Normativa para extranjeros

Los extranjeros que cumplan con el requisito anterior se regirán por lo establecido en la Ley sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

Edad

No hay un mínimo o máximo de edad para recibir las ayudas; sin embargo, existen requisitos especiales para los menores de 3 años según el artículo 5 de la Ley de Dependencia.

Rellenar la solicitud y contacto para valoración

Completa la solicitud oficial y aporta toda la documentación necesaria. Una vez entregada la solicitud y la documentación, el Equipo de Valoración se pondrá en contacto contigo para fijar el día y la hora en que realizarán la valoración en tu domicilio.

Valoración en el domicilio

El Equipo de la Vicepresidencia de Igualdad y Bienestar de la Xunta de Galicia llevará a cabo la valoración, siempre que se cumplan los requisitos y toda la documentación esté correcta. Si falta algún documento o hay errores, se te concederá un plazo de 10 días para corregirlo.

Resolución del grado de dependencia

Tras la valoración, la Jefatura Territorial emitirá una resolución que determinará tu grado de dependencia. Esta notificación se enviará por correo certificado.

Elaboración y resolución final del PIA

Según el grado de dependencia reconocido, se diseñará un Programa Individual de Atención (PIA), donde se acordará el modo de intervención más adecuado a tus necesidades y preferencias. Finalmente, recibirás la resolución que detalla los servicios y ayudas que se te han concedido.